Resolución de 6 de marzo de 2023 (BOE de 22 de marzo de 2023). Descargar
La denegación del Registrador para tramitar el expediente de doble inmatriculación del art. 209 del Reglamento hipotecario debe estar suficiente motivada, no puede ser arbitrario ni discrecional. En caso contrario, debe iniciarse el procedimiento con audiencia a los interesados.