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La respuesta jurídica en un sistema liberal es, por supuesto, la de proteger al propietario, distinguiendo diversos supuestos. Si se trata del domicilio, protegido constitucionalmente, esa okupación será objeto de un delito flagrante, el de allanamiento de morada, y dará lugar al desalojo por las fuerzas de seguridad; y si no es vivienda será un delito leve que, si es claro, también podrá dar lugar al desalojo. Pero si se alega un título de posesión, quizá falsificado, o si el delito no es claro, habrá que resolver antes sobre esas circunstancias y la decisión definitiva podrá demorarse meses. Si en vez de la vía penal se usa la civil, se hará un requerimiento (que tras la reforma de la LEC de 2018 puede dirigirse ya contra los "ignorados ocupantes", pero, atención, no si el propietario es persona jurídica) y si en cinco días no aportan título se les podrá desalojar; lo que obviamente, puede quedar de nuevo abortado si se alega cualquier título.
Una forma de hacer política, quizá el sumo ejemplo de poder, es no incluir determinadas cuestiones en la agenda, tomar una No-Decisión.
Por tanto, el problema no es el derecho sustantivo, sino procesal: la protección del derecho se demora cuando el ofensor alega cualquier cosa que tuviera una simple apariencia, por débil que sea, de título legitimador de la posesión. Nuestro sistema es garantista y eso no es malo, pero ¿tiene esto sentido hoy día? ¿Se podría actuar de otra manera?
Mientras el fenómeno okupa era algo marginal, la cuestión pasaba inadvertida, pero cuando se convierte en un fenómeno extendido y preocupante, cabe plantearse si debe entrar en la agenda política. Sin embargo, no lo hace, o son rechazados los intentos en este sentido (véase la proposición de ley del PP de agosto de 2022). Por supuesto, una forma de hacer política, quizá el sumo ejemplo de poder, es no incluir determinadas cuestiones en la agenda, tomar una No-Decisión. Y ¿por qué ocurre esto?
Probablemente en este caso subyace la idea de que al derecho de propiedad se contrapone el derecho a la vivienda, ambos reconocidos por la Constitución, por lo que no hay que ser excesivamente duros con los okupas que, al fin y al cabo, sólo quieren un lugar donde vivir (y son los desfavorecidos), por lo que, como mínimo hay que asegurarse de que no tienen título alguno (frente a los ricos), si no es que se los tolera o alienta, como ha ocurrido en algunos sitios bien conocidos.
Pero esta forma de pensar es falsa, es injusta y es peligrosa. Es falsa porque propiedad y vivienda no son derechos iguales o equivalentes: el derecho a la propiedad es un derecho subjetivo (aunque no derecho fundamental) consagrado en el artículo 33 de la Constitución y el derecho a la vivienda es un derecho social, no subjetivo, que actúa como un mandato a los poderes públicos, que están obligados a definir y ejecutar las políticas necesarias para hacer efectivo aquel derecho, configurado como un principio rector (art. 47 CE). Por eso mismo, es injusta.
Si se trata de arreglar un problema de Derecho público (la vivienda) debe usarse el Derecho público, promoviendo, por ejemplo, la vivienda pública, otorgando subvenciones a la adquisición, bajadas de impuestos o lo que corresponda; pero lo que no se debe hacer es resolver un problema público interfiriendo en las relaciones entre particulares, porque entonces para resolver un problema general creamos un daño particular. No quiere eso decir que no se puedan regular los contratos, poner límites o establecer requisitos, pero tales límites se referirán a la justicia entre particulares y no a la justicia social, aunque determinadas regulaciones puedan producir indirectamente beneficios sociales.
No podemos aplicar las normas de la amistad a las del trabajo, las del amor a las de los negocios… o las de las políticas públicas al Derecho privado
Como decía el conocido politólogo Walzer en su teoría sobre las esferas de la justicia, que la mayor corrupción está en aplicar las reglas de una determinada esfera a otra totalmente distinta. No podemos aplicar las normas de la amistad a las del trabajo, las del amor a las de los negocios… o las de las políticas públicas al Derecho privado. Si limitamos las rentas del alquiler, ponemos dificultades a los desahucios o a los desalojos de okupas, no vamos a resolver el problema de la vivienda en general pero sí vamos a perjudicar a personas en concreto, que verán mermados sus derechos.
Y, finalmente, son peligrosas, pues generan consecuencias insospechadas en el mercado, que va por libre: para su adecuado funcionamiento deben protegerse los derechos y ofrecer una seguridad jurídica que incite a invertir, pues de otra manera vencerá siempre el más fuerte. Tratándose de alquiler, su desprotección lo desincentiva y lo hace más caro, abocando a la compra; y en el caso de los okupas, fomenta conductas reactivas, mafias, la existencia de
empresas de "desokupación" y, en todo caso, perjudica a los más desfavorecidos, a esos que no tienen guardas de seguridad, alarmas o no están en barrios ricos cuyas propiedades son mucho más inaccesibles.
Esas ideas que mezclan todo -público y privado- son tentadoras, pero nocivas. Son fruto de esa posmodernidad filosófica y jurídica, ese "pensamiento débil" (Vattimo) de corte relativista, que frente a la racionalidad jurídica trata de favorecer a los movimientos transversales y a los supuestamente perdedores, sin pensar en el conjunto.
Pero, me preguntarán ustedes ¿qué habría que hacer, entonces? Bueno, no es complicado, es una cuestión de voluntad política. Por ejemplo, se puede desalojar directamente dando más valor a quien presente un título público, que en nuestro Derecho presume la propiedad y la posesión (y por el que hemos pagado unos aranceles e importantes impuestos) frente a un documento privado que puede ser falsificado, siempre sin perjuicio de las consecuencias en caso de que esa situación no se correspondiera a la realidad; se puede desjudicializar el proceso, como ocurre en algunos países en los que existen procedimientos policiales de urgencia. O se pueden establecer temperamentos a los documentos exhibidos por los supuestos poseedores, exigiéndoles alguna forma (una legitimación de firmas notarial específica que pudiera crearse) o la inscripción del alquiler en un registro fácilmente comprobable, como proponía Matilde Cuena en Hay Derecho. Si se quiere, se puede. Sólo hay que meterlo en la agenda política.

 

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