Resolución de 5 de Enero de 2.011 (B.O.E. de 14 de Marzo de 2.011). Descargar Resolución.
Estando inscrita una finca a nombre de dos cónyuges con carácter ganancial, se presenta después escritura de hipoteca en la cual, en el apartado título, se dice que la finca se ha adjudicado al marido en escritura de disolución y liquidación de gananciales (no inscrita por defectuosa). El marido constituye la hipoteca con asentimiento de su esposa, al ser la vivienda familiar. Se confirma la suspensión de la inscripción de hipoteca al considerarse que o bien se ha de inscribir la mencionada escritura de liquidación de gananciales o bien ha de constituir la hipoteca la esposa, no bastando el mero asentimiento.