Resolución de 24 de enero de 2018 (BOE 6 de febrero de 2018). Descargar Resolución.
Figura en el Registro una finca con carácter presuntivamente ganancial dado que en la compraventa el titular manifestó estar casado. Ahora en la escritura de venta manifiesta que está soltero, y además lo acredita con un certificado de vida y estado civil.
El Registrador exige el consentimiento de la presunta esposa, la cual, en otra finca vendida, ya prestó el consentimiento para la venta.
La DGRN desestima el recurso, señalando que se presume que el bien inscrito como presuntivamente ganancial pertenece a su titular bajo el régimen jurídico de la sociedad de gananciales, según publica el Registro. Es necesario, por ello, rectificar el Registro y diferencia entre errores de hecho no voluntarios y errores de hecho voluntarios. En el presente caso, al ser un error voluntario (el comprador manifestó estar casado en régimen de gananciales) el documento adecuado para probar dicho error será una certificación de nacimiento en la que no se refleje nota marginal alguna de referencia a otra de matrimonio de la persona interesada. No considera, por tanto, suficiente la certificación de fe de vida y estado, pues no constituye medio de prueba absoluta sino que goza de un limitado valor de simple presunción, y que no es independiente de la voluntad del interesado pues precisamente se apoya en la sola declaración del solicitante para su obtención.